¿Te han ofrecido un nuevo contrato fuera de convenio?

Si es así, o si en un futuro no muy lejano te lo ofrecen, desde CTA creemos que es conveniente que conozcas algunos aspectos importantes acerca de trabajar dentro o fuera de Convenio.

Lo primero de todo contarte que el año  nos ha recibido con la invitación de dos trabajadores más de Iberia, con contrato fuera de Convenio, que fueron invitados a abandonar su puesto de trabajo. No son los primeros y tememos que tampoco serán los últimos.

También el nuevo año llegó con otros muchos compañeros de trabajo, con calificación de responsables en sus áreas que fueron invitados a cambiar su contrato de trabajo dentro de Convenio por otro “Fuera de Convenio”, supuestamente con condiciones peores: menos sueldo, 22 días hábiles de vacaciones, un seguro médico de Sanitas y un billete free con reserva anual ( cuya penalización fiscal no supone ningún regalo). Trabajar Fuera de Convenio mantiene las ventajas de poder seguir en el cargo de Responsable, seguir cobrando unos complementos que “supuestamente” se rumorea que la empresa suprimirá a todos aquellos que no tengan cargo alguno, y trabajar en base a unos incentivos que en principio están en el aire. Nos gustaría que conocieses que no te pueden obligar a abandonar tu puesto de trabajo por otro Fuera de Convenio y que esto no supone despido con 21 días bajo la Disposición Final Quinta firmada (no contempla esta casuística).

Trabajar con Contrato “Fuera de Convenio” supone quedar totalmente desprotegido, a expensas de una relación laboral contractual solamente entre empresa y trabajador, fuera del ámbito de defensa de los sindicatos. La empresa, en un contrato fuera de convenio, podrá tomar decisiones unilaterales sobre la jornada, salario, horario y, además, bajo la cláusula de despido improcedente invitar al trabajador a instalarse en las oficinas del INEM en el momento que lo considere oportuno, supone por tanto renunciar a cualquier derecho adquirido o incluso protegido por el convenio, es como el comienzo de una nueva relación laboral, en la que la empresa impone sus condiciones y el trabajador solo tiene la opción de aceptar, ya no existe ninguna negociación, solo imposición.  Esto además de ser una vía para repoblar las empresas con personal más barato y con condiciones desfavorables, es la mejor forma de acabar con los convenios laborales, algo previsto por la actual REFORMA DE LA LEY LABORAL.

Permanecer como trabajador dentro del Convenio tiene las ventajas de: Conservar los derechos que hemos conseguido hasta este momento y poder exigirlos a través de nuestros representantes sindicales o de los tribunales, participar de la negociación colectiva y en definitiva unir esfuerzos con el resto de los compañeros para luchar por nuestros intereses

La decisión última siempre será la tuya como trabajador…. Pero desde CTA os aconsejamos meditéis detenidamente los pros y los contras de permanecer en Convenio o salirse de él. Y estamos a disposición de todos vosotros a través de nuestro gabinete jurídico, cuya abogado, Margarita Iges, está avalada por su prestigio y sentencias ganadas.

!No lo dudes, AFÍLIATE!

NOSOTROS NO SOMOS UN SINDICATO DE EMPRESA, SOMOS UN SINDICATO QUE DEFIENDE LOS INTERESES DE LOS TRABAJADORES.

La traición de los sindicatos mayoritarios a los “prejubilados” Iberia ERE 72/01

Traicion ERE 72/01¿QUÉ INTERESES HAY DETRÁS DE NO DEFENDER A LOS TRABAJADORES?

  • Los acuerdos a propuesta del mediador, en los que se recogía un ajuste salarial era únicamente para los trabajadores que mantienen sus puestos de trabajo en la compañía y no para “prejubilaciones” del ERE 72/01. La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de fecha 2 de junio de 2014, deja claro el salario regulador aplicable y da la razón al trabajador.
  • Dado el gran volumen de demandas individuales a partir de esta sentencia, la empresa interpone demanda, ante la Audiencia Nacional, en materia de Conflicto Colectivo, siendo citadas las partes para la celebración de juicio el 17 Feb 2015.
  • La empresa, el viernes 13, cita a los representantes de los trabajadores para alcanzar una conciliación y presentarla ante la Audiencia Nacional. La empresa propone que todos los trabajadores cuyos contratos se extinguieran entre el 15 de abril 2013 y el 14 de abril 2014 se les devuelva el 4% con carácter retroactivo desde el 15 abril 2014.

CTA, STAVLA, CGT Y USO rechazan esta propuesta.

Pero es aceptada sin negociación por CC.OO, UGT Y ASETMA.

  • El juicio, del 17 de Febrero de la Audiencia Nacional, no se celebró, se dejó constancia de los sindicatos que estaban de acuerdo y de los sindicatos que se opusieron, entre ellos CTA. Ahora hay 30 días hábiles para impugnar el acuerdo firmado por IBERIA/UGT/CC.OO/ASETMA.

La cuestión es…

  • ¿Por qué no han dejado que sigan su curso los procedimientos judiciales?
  • ¿Por qué se ha consentido que los prejubilados se lleven migajas?
  • ¿Qué han podido prometerles a los firmantes?
  • ¿Es importante tener a la empresa de tú lado en un futuro y cercano proceso electoral?
  • ¿Es posible que para la campaña electoral se necesiten muchos euros?
  • ¿Cuántos millones de euros hay en juego?

A continuación, pinchando aquí, podréis descargaros el documento de la firma de la traición!

10 trabajadores despedidos por bajas intermitentes

Recientemente la empresa ha rescindido el contrato de 10 trabajadores de Iberia por bajas intermitentes de acuerdo a lo que la REFORMA DE LA LEY LABORAL (esa que tanto ha beneficiado a empresarios y perjudicado a trabajadores) dice.

Es importante que conozcas lo que la Ley dice. No ocurre con bajas superiores a 21 días pero sí con pequeñas bajas.

LO QUE LA LEY DICE:

“Por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20 % de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el cinco por ciento de las jornadas hábiles, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.”

“No se computarán como faltas de asistencia, a los efectos del párrafo anterior, las ausencias debidas a huelga legal por el tiempo de duración de la misma, el ejercicio de actividades de representación legal de los trabajadores, accidente de trabajo, maternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia, paternidad, licencias y vacaciones, enfermedad o accidente no laboral cuando la baja haya sido acordada por los servicios sanitarios oficiales y tenga una duración de más de veinte días consecutivos, ni las motivadas por la situación física o psicológica derivada de violencia de género, acreditada por los servicios sociales de atención o servicios de Salud, según proceda”.

Tampoco se computarán las ausencias que obedezcan a un tratamiento médico de cáncer o enfermedad grave.

Todo lo que necesitas saber al día en

www.sindicatocta.org

Facebook: CTA Sindicato

Informe del GABINETE JURÍDICO

Sindicato CTA-Gabinete JurídicoEl trabajo desarrollado por la Asesoría jurídica del Sindicato desde la anterior Asamblea, se podría resumir de la siguiente manera:

Iberia-Tierra

Además del trabajo permanente respecto a las demandas de trámite en las que nos encontrábamos incursos, con respecto a antigüedades, demandas de factp y sanciones, hemos tenido que hacer frente a dos despidos, que han resultado con improcedencia y 45 días de indemnización por año, pero dada la reforma laboral, han perdido sus puestos de trabajo.

Como además sabéis las reclamaciones tanto individuales como colectivas, a excepción de despidos y sanciones, las hacemos con representación, es decir que todas las comparecencias tanto en el smac como en el juzgado las tengo que hacer yo personalmente, lo que incrementa de manera considerable, el trabajo del Gabinete jurídico.

A partir de mediados del 2014, hemos empezado a realizar reclamaciones de derecho y cantidad a los prejubilados de Iberia, solicitando la devolución del 11 % o 7 %, según los casos, descontado por Iberia en virtud de los acuerdos de mediación de marzo de 2013.

La situación respecto a estas demandas se encuentra pendiente de conflicto colectivo interpuesto por Iberia ante la Audiencia Nacional y que resolverá en su día definitivamente el Tribunal Supremo, por lo que la decisión será unitaria para todos los trabajadores.

También hemos prestado asesoramiento jurídico a las dos compañeras, Rosa y Toñy, que han estado presentes en las reuniones del Ere presentado por Iberia en el verano de 2014 y que han dado la talla en todos los aspectos en estas reuniones.

Posteriormente impugnamos la Disposición final quinta del citado Ere, ante la Audiencia Nacional habiendo sido desestimada nuestra impugnación, que ahora está pendiente de recurso de casación en el Tribunal Supremo.

Iberia-Vuelo

Se ha continuado con las demandas de antigüedad, para los trabajadores de vuelo, y ya existe un elevado número de demandas y por supuesto de sentencias, ganadas mayoritariamente.

Se han interpuesto un importante grupo de demandas reclamando en Nivel de las Tcps, que con motivo de su baja por riesgo de embarazo y posterior maternidad, ven aplazada su progresión o ascenso de nivel, dado que uno de los requisitos es tener un número determinado de horas voladas. Estas las presentamos como Tutelas, el objetivo es que sean citadas antes, dado que de derecho tardan mucho más debido a la acumulación de trabajo que tienen los juzgados, todas ellas, sin excepción, han obtenido un resultado favorable.

Empresas de limpieza

Pocas demandas se han interpuesto de trabajadores de este colectivo, alguna de cantidad y otras relacionadas con la Seguridad Social, así como alguna denuncia a la Inspección de Trabajo.

Lo más destacado al respecto, es la sentencia obtenida para una compañera de este sector, en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, concediéndole una pensión de viudedad por violencia de género, este es un supuesto excepcional previsto por la ley de Seguridad Social, en casos que ocurre este supuesto, sin que se reúnan los requisitos comunes para la obtención de pensión de viudedad.

Otras empresas

Masa-Carreteo

Demandas de despidos y sanciones.

Los despidos han sido conciliados, las sanciones están pendientes de los correspondientes juicios.

Asispa

Las tres demandas de sanción impuestas a miembros del Comité de empresa, han obtenido sentencia favorable.

Swissport

Ha habido innumerables consultas y demandas respecto a esta sección sindical, las demandas más importantes fueron las de modificación sustancial de condiciones de trabajo que les realizaron a 5 compañeros y que hemos obtenido sentencia favorable, pero que todavía no han sido ejecutadas por la técnica permanente de Swissport de recurrir todo, hasta lo irrecurrible como es este caso.

Ryanair

Los compañeros que han pasado subrogados a esta empresa, están interponiendo distintas demandas a los efectos de intentar conservar sus condiciones adquiridas, todavía no tenemos sentencia, ya que las demandas son muy recientes.

Otras Delegaciones de Iberia

Alicante

Juicio de sanción de Mila, nuestra representante en el Comité en sustitución de Jesús Sánchez, ganado.

Las Palmas

Se han interpuesto demandas de cantidad que han sido estimadas.

Granada

Ha habido varias demandas, el resultado de la mayoría, ha sido favorable a nuestros planteamientos.

Málaga

En Málaga, estamos pendientes de la celebración de juicio, en las demandas que tenemos planteadas.

Para acabar, deciros que el trabajo sigue incrementándose y que desde el gabinete jurídico se trata de dar respuesta de la manera más rápida posible, cuento con el apoyo administrativo importantísimo de Natalia Lidón, los compañeros del aeropuerto han elaborado su propia demanda de factp, pero no cuento con el apoyo del asesor que tenía y que elaboraba de manera impecable muchas demandas de cantidades de las distintas empresas, que suponen muchas horas de trabajo, por lo que seguramente no en todos los casos se consigue la rapidez que a mí me gustaría para resolver los asuntos, pero seguiremos trabajando para intentar la mayor efectividad.

Fdo: Margarita Iges Lebrancon

RECURSO A LA DEMANDA DE LA DISPOSICIÓN FINAL QUINTA

¿En qué consiste esta disposición firmada en el nuevo ERE?

La Disposición Final Quinta dice que:la compañía, al objeto de disminuir en la medida de lo posible el impacto sobre el empleo, podrá ofertar recolocaciones en otras áreas, con las modificaciones que ello conlleve en las condiciones laborales de los trabajadores, entre otras:

. Novación de contrato a tiempo parcial. (Cambiar tus condiciones laborales, reduciendo tu jornada laboral).

. Novación de contrato de trabajo con cambio de Grupo Laboral. (Cambiar tu categoría laboral, cómo pasar de administrativo a agente auxiliar, o de GSGT a administrativo).

. Movilidad Geográfica. (Trasladarte de ciudad)

En los casos que el trabajador rechazase alguna oferta realizada en virtud de los previsto en esta disposición, salvo que implique movilidad geográfica, la Comisión de Seguimiento (formada por los sindicatos firmantes CCOO, UGT, USO Y ASETMA) conocerá y confirmará el carácter excedente del trabajador, en cuyo caso la compañía podrá extinguir su contrato de trabajo percibiendo el trabajador una indemnización a razón de 21 días de salario por años de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de 12 mensualidades.

Aquellos supuestos en los que el trabajador rechace alguna oferta que implique movilidad geográfica serán objeto de análisis por parte de la Comisión de Seguimiento.”

CTA es de la opinión de que la Disposición Final Quinta habla por sí misma. Por parte de los gestores de la empresa, podría llegar a entenderse, pero lo que es inaceptable es que lo firmen aquéllos que se dicen representantes de los trabajadores.

CTA ha recurrido la sentencia y llegará hasta el final. CTA cree que aceptar esta disposición es poner nuestro despido en manos de la empresa, y de la Comisión de Seguimiento, que dado el caso, se teme sea firmado.

 

Aclaraciones al Comunicado emitido por UGT Y CCOO sobre NUEVO ERE IBERIA 187/14

Ante el comunicado lanzado por UGT y CCOO (puedes verlo aquí) sobre nuestra postura en el Nuevo ERE de IBERIA 187/14 y la sentencia fallada por la Audiencia Nacional, queremos aclarar que:

CTA_Sentencia Audiencia NacionalDe todas formas, a través de este enlace, puedes descargarte el documento de la SENTENCIA Nº: 0193/2014 de la A U D I E N C I A  N A C I O N A L y leerla de primera mano.

OTRA SENTENCIA GANADA ANTE EL TSJ

Gabinete Juridico de CTA

 

Nuestro gabinete jurídico a través de la abogada Margarita Iges Lebracón ha ganado esta sentencia del TSJ (Tribunal Superior de Justicia) de gran importancia:
Conseguir una pensión de viudedad de una afiliada de nuestro sindicato CTA
(comisión de trabajadores asamblearios) por violencia de género cuando estaba divorciada hacía muchos años.

No hay muchas sentencias al respecto de esta índole con lo cual todo el equipo de CTA está pero que muy orgulloso. Si quieres ver la sentencia final pincha aquí.

!Enhorabuena campeona!

Que los trabajadores de Iberia sepan que eres una de las mejores letradas a nivel nacional y que defiendes a los afiliados de CTA tanto en IBERIA como en otras empresas donde el sindicato está presente.

MARGARITA IGES: el prestigio de nuestra abogada avala al sindicato

Por muchos es conocido ya el prestigio de la abogada de CTA, Margarita Iges, pero para aquellos que todavía no conozcan su currículo, os dejamos aquí un breve resumen de sus juicios ganados:

  • Todas las impugnaciones de los servicios mínimos de las huelgas convocadas.
  • Las demandas solicitando el escalafón a Iberia presentadas en Madrid y en Málaga.
  • La demanda que nos interpuso Iberia en la Audiencia Nacional solicitando que se declarase la ilegalidad de la huelga que convocamos.
  • Demandas de modificación sustancial de FACTP (Fijos a tiempo parcial)
  • Prácticamente todas las demandas de antigüedad económica interpuestas
  • Aproximadamente el 50 % de las demandas interpuestas solicitando indemnización de daños y perjuicios para los trabajadores FACTP, por tenerles por debajo del máximo de jornada.
  • Todas las demandas de Tutela de TCP, solicitando el cómputo de servicios prestados a efectos del nivel, en bajas por maternidad, excedencia y riesgo de embarazo.
  • Demandas en reconocimiento de la contingencia de accidente de trabajo.
  • Demandas de Tutela de la libertad sindical de algunos de nuestros representantes electos.

(Además Margarita Iges ha ganado a los bufetes más importantes en el ámbito nacional, bufetes generalmente contratados por empresas de grandes dimensiones.)