CTA se opone al proceso de traslado de administrativos IBERIA al aeropuerto

Y se opone por lo siguiente:

  • Vulnera lo establecido en el Despido Colectivo 187/14 y por ende la garantía de empleo que firmaron algunos sindicatos y sobre todo el principio de VOLUNTARIEDAD de éste. Una garantía de empleo que ya advirtió CTA que el propio ERE vulneraba con la aceptación por parte de la mayoría de los sindicatos de la Disposición Final Quinta que permitía a la Empresa: modificar la categoría laboral, la jornada de trabajo y la movilidad geográfica… disposición que si no era aceptada por el empleado supondría el despido inmediato con 20 días por año trabajado, máximo dos años y medio.
  • Porque creemos que la negociación de estos traslados denominados como “Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo” competía a la Subcomisión del Despido Colectivo de Tierra del ERE tal y como firmaron la mayoría de los sindicatos y no al Comité Intercentros – mayoría CCOO y UGT-, baza que quiere jugar la Empresa para llegar a un acuerdo y que de este modo no se pueda demandar.
  • Porque CTA entiende que pueda haber administrativos que puedan ser reubicados para cubrir las necesidades del aeropuerto, pero no cree que el perfil adecuado para atender al clientes sea: personal a punto de prejubilarse, personas con enfermedades crónicas, entre otros… empleados en los que se hará una inversión en una mala y rápida formación y en la compra de unos uniformes. Además vulnera la elaboración de la evaluación de desempeño firmada en Convenio y las medidas establecidas en el ERE 187/14 de bajas incentivadas, recolocaciones diferidas….
  • Porque nos quedamos absortos al ver como después de aceptar y firmar todo este tipo de despropósitos por parte de la mayoría de los sindicatos, éstos ahora se echan las manos a la cabeza viendo lo que está haciendo la empresa.
  • Porque no se entiende que en un proceso de crecimiento, apertura de rutas, beneficios y contratación de 120 nuevos pilotos, estén sobrando personal administrativo y técnico en la empresa.
  • Porque los puestos de las personas que hasta ahora han sido trasladadas al aeropuerto de Madrid-Barajas han sido asumidos en muchos casos por sus compañeros que en estos momentos están sobredimensionados y sin poder gestionar bien y a tiempo su trabajo, otros sustituidos por becarios y algunos con contrataciones fuera de convenio externas.

Nuevos traslados de personal administrativo a aeropuerto por la aceptación de la disposición final QUINTA del NUEVO ERE

Disposicion Quinta Nuevo Ere IB

Esto es lo que ocurriría con la aceptación de Disposición Final Quinta del ERE 187/14… Una cláusula que fue aceptada con la complacencia de la mayoría de los sindicatos y a la que CTA dijo claro y alto: NO. Y así nos ha ido… Esta cláusula sirve para atemorizar al empleado, invitarle a marcharse a otras áreas (en función de criterios tan discriminatorios como MUJER, MADRE, MAYOR DE 45 AÑOS, CATEGORÍA LABORAL, ANTIGÜEDAD…) y decirle que si no lo acepta, se le pone de patitas en la calle… Lo mejor de todo es que a esta MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO LA LLAMAN VOLUNTARIA.

Si estas en uno de esos grupos eres susceptible de no cumplir EL PERFIL, a no ser que te dediques a marcharte  no antes de las 20:30 horas del edificio (en perjuicio de tus compañeros) o enviar emails o wasap a horas intempestivas (en muchos casos por trabajo sobredimensionado – estás haciendo lo de los tres compañeros que ya invitaron a marcharse – o por miedo a no ser “tú” uno de los elegidos como NO PERFIL). En el grupo susceptible de ser NON GRATO… ya ha habido dos REDADAS, que han sido enviadas a cubrir puestos en el aeropuerto de Madrid-Barajas… La primera ya bajo una demanda ganada, la segunda demandada por el Comité de Centro  (firmada por CTA, USO Y UGT… NO FIRMADA POR CCOO) y en espera de juicio. Ahora ya hay una tercera, con otras 29 personas que se incorporarán a Barajas el próximo 01 de julio.

En esta ocasión, la empresa ha pensado en incluir a más áreas de la compañía para involucrar al Comité Intercentros… ¿Por qué? Porque la empresa prevé que con El Comité Intercentros, con mayoría de delegados de CCOO y UGT (sindicatos al rebufo de la empresa y con mucho miedo a perder sus posiciones viendo lo que se respira en el panorama social del país), se pueda llegar a un ACUERDO, como en otras muchas ocasiones. Y si se firma un acuerdo, no podrán demandar los diferentes comités (está por ver si se puede hacer como sindicato). Y esta es la jugada que tiene en mente EMPRESA Y CCOO (Comisiones Obreras).

Tenemos lo que NOS MERECEMOS, porque no vigilamos nuestros votos por correo (esos que de forma masiva aparecen el día de las elecciones y en su mayoría portando las siglas de CCOO) y porque es lo que elecciones tras elecciones hemos decidido en las URNAS.

Lo advertimos, y lo volvemos a advertir… cuidado con lo que se deposita en las URNAS…Vosotros elegís el futuro y va siendo hora de que se elijan sindicalistas dignos, trabajadores, honrados,  y PREPARADOS para que OS REPRESENTEN; sindicalistas QUE NO TENGAN MIEDO A DEJAR DE ESTAR LIBERADOS Y VOLVER A SUS PUESTOS DE TRABAJO en un momento dado.

www.sindicatocta.es

https://www.facebook.com/sindicatocta

Sindicatos que ganan demandas y sindicatos que permanecen al lado de la empresa

Sindicato CTA_Gabinete JurídicoLa Justicia empieza a dar la razón a los sindicatos del NO.

Durante lo que va de año se está viendo clara la diferencia entre los sindicatos que ganan demandas y pelean por vuestros derechos y los que, antes eran mayoritarios, y han deshonrado a sus predecesores que lucharon por nuestros derechos como trabajadores dejando en herencia a unos sindicalistas liberados, sin conocimientos sobre relaciones laborales y en continua connivencia con la empresa.

¿Por qué? Solo ellos lo saben, los demás podemos intuirlo. Pero mientras ellos firman los ERE, disposiciones, acuerdos de modificación sustancial de condiciones de trabajo, políticas de exámenes fuera de convenio, o traslados discriminatorios y sin criterio a otras unidades de la compañía, otros, entre los que se encuentra CTA, se dedican a trabajar, dándolo todo en la empresa y para los trabajadores (sin liberados) y luchar por aquellos derechos que nos están siendo saqueados en aras de un mal sinónimo, “privilegios”.

Las demandas ganadas por CTA o por los SINDICATOS DEL NO, demuestran que el esfuerzo que venimos haciendo como sindicato en la lucha por nuestros derechos no está siendo en vano. La Justicia empieza a hablar y a darnos la razón que nos ha quitado la Reforma Laboral y los firmantes, en los que se ampara la empresa. Es tiempo de aplicar la política de resistencia frente a la de la manipulación y el engaño. En noviembre hay Elecciones Nacionales y posiblemente el nuevo panorama político haga cambiar posiciones en lo que a Relaciones Laborales se refiere.

Desde estas líneas queremos daros las gracias a todos los trabajadores que estáis confiando en este nuevo modelo de sindicalismo, con sindicalistas preparados, que no van a rebufo de la empresa. Os damos las gracias porque sabemos lo difícil que es volver a confiar en un sindicato. Deseamos que lo sigáis haciendo y que nos consultéis cualquier duda o cualquier tema que necesitéis resolver. Es tiempo de dejar a un lado el miedo y la presión.

Nuestra web: http://sindicatocta.es/

Nuestro facebook: https://www.facebook.com/sindicatocta

Nuestro Twitter: @CTAsindicato

Situación traslado personal NEO al Aeropuerto (Parte II)

Imagen 4

Foto: Actiu-interioresminimalistas.com

Tras la reunión de ayer comentaros que:

-La empresa mantiene que estamos sobredimensionados y que la reubicación es la alternativa para mantener la garantía de empleo (la que firmaron algunos sindicatos en el convenio y en las medidas con el Mediador). Medidas que tratan de evitar el despido traumático, excepto en lo que concierne a trabajadores fuera de convenio, que se rigen por otros códigos laborales.

·          El excedente es en servicios centrales, aunque todavía no saben exactamente a cuánto se eleva este excedente porque varía dependiendo de las áreas, pero que es un excedente elevado.

·         El ERE 187/14 es aplicable a este año 2015 y en función de sus disposiciones finales cuarta y quinta, aprobadas y firmadas por algunos sindicatos, se permite la opción de reubicar a los trabajadores en función de las necesidades de la empresa.

·         Servicios Centrales requiere, dicen, en estos momentos de un perfil muy concreto de trabajadores…gente con disposición total, con titulaciones adecuadas a sus puestos, y personal que pueda adaptarse a, según comentaron, una nueva era digital. Esto les hace inviable contemplar cursos de formación para algunos trabajadores que no podrán adaptarse a las nuevas tecnologías ni a las nuevas formas de trabajo y que creen pueden encajar en otras áreas como es el aeropuerto de Barajas, actualmente; en un futuro, y una vez cubierto el aeropuerto de Barajas, se podrán ofertar puestos en otros aeropuertos.

·         No se está haciendo, según comentaron, nada que no se estuviese haciendo en otras aerolíneas como KLM, AIR FRANCE o LUFTHANSA,… La opción que les queda es reubicar en el aeropuerto de Barajas donde las necesidades son altas y no se requiere de puestos tan cualificados como van a requerir en servicios centrales.

·         Se van a seguir ofertando Job Posting y trataran de ser más transparentes en el proceso y la selección. Y abrirán posibles opciones de trabajo dentro de las empresas del Grupo.

·         El proceso de reubicación durará entre uno y tres años aproximadamente. Pero va a ser de forma continuada. El próximo grupo será en abril, después de Semana Santa (afectará a todas las categorías laborales y puestos).

·         Se contempla la opción de un nuevo ERE, bajo otras condiciones para dar salida a los trabajadores afectados por la impugnación del 187/14 para 2016-17… En servicios centrales son 556 trabajadores los afectados.

CTA cree que se trata del proceso lógico de una sociedad individualista y tecnológica, nada humanitaria y colectiva, amparada por una reforma de Ley Laboral y por grupos colectivos con intereses económicos creados, donde el consumo de trabajadores está en sintonía con el resto de los consumos de esta sociedad: rápido y práctico, con obsolescencia programada y desechable en su fecha o edad de caducidad. Es la sociedad que hemos creado.

Estamos a tu disposición (afiliado o no), nuestro gabinete jurídico también para posibles reclamaciones o demandas que se puedan producir en la pérdida de derechos o condiciones en el proceso de reubicación.

Nuestra web: http://sindicatocta.es/

Nuestro facebook: https://www.facebook.com/sindicatocta

Nuestro Twitter: @CTAsindicato

Situación traslado personal NEO al Aeropuerto (Parte I)

Imagen 5

Situación tras las siguientes reuniones Traslado Personal Aeropuerto:

.- La empresa cree que no tiene nada que ver la situación de Impugnación del ERE 187/14 con el traslado de personal al aeropuerto de Barajas

.- Recordad que CTA demandó la Disposición final 5ª- que es la que permite a la empresa reducir tu jornada laboral a media jornada, cambiar tu categoría laboral, o la movilidad geográfica ( que no el ERE COMPLETO). Dicen que no buscan una vía trasera, un atajo. Lo están haciendo porque los sindicatos que representan a la mayoría, se lo han pedido – dicho por la empresa -. Y dicen que se han comprometido con los sindicatos que firmaron los acuerdos con el Mediador para hacer estos reajustes con el fin de cumplir con la garantía de empleo (y aseguran que es el acuerdo al que han llegado con los sindicatos que representan a la mayoría). En cuatro palabras, nos comunican, que tenemos lo que la mayoría ha votado y firmado. Quizá sea el momento de plantearse cambiar el voto.

.- Con respecto a los criterios de selección la empresa dice que los trabajadores elegidos son los perfiles adecuados para ir al aeropuerto, sin embargo en la lista figuran mayoritariamente reducciones de jornada, mayores de 50 años, y trabajadores próximos a la prejubilación… La empresa comenta que en un edificio con edad mayoritaría de 50 años y con una muestra de 20 no se está discriminando de acuerdo a esa selección, que es lógico que la lista esté compuesta por personas mayores de 45 y 50 añoss .  Pero en una selección por edades, ¿no tendría que salir también alguna persona más joven aunque estén en  minoría? No hay ningún trabajador en la lista de 30, y las tres personas más jovenes coiciden con reducción de jornada por maternidad.

.- Se van a donde la empresa cree que hay trabajo. Dicen que en algunos casos hace meses que ya se lo comunicó a sus empleados el área al que pertenecen, que había excedentes y que los trabajadores tuvieron y tienen tiempo acceder a los Job Posting … pero ¿cuáles son los criterios de aceptación a los Job Posting si al final lo que prima es la entrevista personal?

.- Dicen que hay muchos menos becarios que los que históricamente ha tenido la empresa y que los becarios no ocupan puestos de trabajadores porque además pueden quedarse o no en la empresa.  

.- Se están analizando las necesidades en diferentes áreas y aeropuertos para ver dónde reubicar a los excedentes y Barajas tiene tirón – afirman -; se cree que podrá ir todo el excedente pero que una vez cubierto, otros aeropuertos fuera de Madrid,  pueden abrir otras nuevas oportunidades de trabajo.

.- En cada área hay unas causas diferentes, pero lo que defienden es que en el NEO se requiere ya de un perfil de referencia, y en servicios centrales cada vez tienen que ser trabajadores más cualificados… a todos estos trabajadores, comentan, se les ha trasladado personalmente cuáles son las necesidades del área y el perfil de profesional que se está buscando y se está danto el feed back de vuelta. No va a ser exclusivo de administrativos, sino también para otras categorías laborales… De momento hay oportunidad de recolocación, dice la empresa  y que piensan que a la persona que le toca, nunca podrá ser objetiva, siempre le va a parecer poco objetivo la selección que se está haciendo. La empresa dice que “queremos estar a la vanguardia de quien hace mejor las cosas”.

.- La sentencia permite la aplicación de estas medidas hasta finales 2015.

Estamos a tu disposición (afiliado o no), nuestro gabinete jurídico también.

Nuestra web: http://sindicatocta.es/

Nuestro facebook: https://www.facebook.com/sindicatocta

Nuestro Twitter: @CTAsindicato

RECURSO A LA DEMANDA DE LA DISPOSICIÓN FINAL QUINTA

¿En qué consiste esta disposición firmada en el nuevo ERE?

La Disposición Final Quinta dice que:la compañía, al objeto de disminuir en la medida de lo posible el impacto sobre el empleo, podrá ofertar recolocaciones en otras áreas, con las modificaciones que ello conlleve en las condiciones laborales de los trabajadores, entre otras:

. Novación de contrato a tiempo parcial. (Cambiar tus condiciones laborales, reduciendo tu jornada laboral).

. Novación de contrato de trabajo con cambio de Grupo Laboral. (Cambiar tu categoría laboral, cómo pasar de administrativo a agente auxiliar, o de GSGT a administrativo).

. Movilidad Geográfica. (Trasladarte de ciudad)

En los casos que el trabajador rechazase alguna oferta realizada en virtud de los previsto en esta disposición, salvo que implique movilidad geográfica, la Comisión de Seguimiento (formada por los sindicatos firmantes CCOO, UGT, USO Y ASETMA) conocerá y confirmará el carácter excedente del trabajador, en cuyo caso la compañía podrá extinguir su contrato de trabajo percibiendo el trabajador una indemnización a razón de 21 días de salario por años de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de 12 mensualidades.

Aquellos supuestos en los que el trabajador rechace alguna oferta que implique movilidad geográfica serán objeto de análisis por parte de la Comisión de Seguimiento.”

CTA es de la opinión de que la Disposición Final Quinta habla por sí misma. Por parte de los gestores de la empresa, podría llegar a entenderse, pero lo que es inaceptable es que lo firmen aquéllos que se dicen representantes de los trabajadores.

CTA ha recurrido la sentencia y llegará hasta el final. CTA cree que aceptar esta disposición es poner nuestro despido en manos de la empresa, y de la Comisión de Seguimiento, que dado el caso, se teme sea firmado.

 

AL PASO DE LAS DIFAMACIONES (Sentencia de la Audiencia Nacional ERE 187/14)

Imagen 8CTA pedía en la Audiencia Nacional la supresión del último párrafo del anexo 5º del ERE 187/14, por el cual la empresa quedaba facultada a despedir libremente a cualquier trabajador que se oponga a una situación desventajosa para él, como un traslado a otra localidad o cambiar de área laboral. Para la dirección esto es motivo suficiente para largarte de la empresa con una indemnización de 21 días y 12 mensualidades, con el agravante de que quienes lo han firmado saben fehacientemente que han puesto un arma demoledora contra los trabajadores en manos de gente sin escrúpulos.

¡Se ha firmado conociendo lo que están permitiendo!

Dada la difamación a la que nos están sometiendo desde los sindicatos mayoritarios, nos vemos obligados a exigir una rectificación pública de tales acusaciones, cuyo único interés es confundir la opinión de los trabajadores lanzando intencionadamente falsedades sobre el juicio acontecido el día 4 de diciembre de este año.

CTA VAMOS A SEGUIR EN LA MISMA LÍNEA EN DEFENSA DE NUESTROS INTERESES COMO TRABAJADORES, TANTO PARA LOS QUE SE VAYAN COMO PARA LOS QUE SE QUEDEN.

www.sindicatocta.es

Aclaraciones al Comunicado emitido por UGT Y CCOO sobre NUEVO ERE IBERIA 187/14

Ante el comunicado lanzado por UGT y CCOO (puedes verlo aquí) sobre nuestra postura en el Nuevo ERE de IBERIA 187/14 y la sentencia fallada por la Audiencia Nacional, queremos aclarar que:

CTA_Sentencia Audiencia NacionalDe todas formas, a través de este enlace, puedes descargarte el documento de la SENTENCIA Nº: 0193/2014 de la A U D I E N C I A  N A C I O N A L y leerla de primera mano.

MARGARITA IGES: el prestigio de nuestra abogada avala al sindicato

Por muchos es conocido ya el prestigio de la abogada de CTA, Margarita Iges, pero para aquellos que todavía no conozcan su currículo, os dejamos aquí un breve resumen de sus juicios ganados:

  • Todas las impugnaciones de los servicios mínimos de las huelgas convocadas.
  • Las demandas solicitando el escalafón a Iberia presentadas en Madrid y en Málaga.
  • La demanda que nos interpuso Iberia en la Audiencia Nacional solicitando que se declarase la ilegalidad de la huelga que convocamos.
  • Demandas de modificación sustancial de FACTP (Fijos a tiempo parcial)
  • Prácticamente todas las demandas de antigüedad económica interpuestas
  • Aproximadamente el 50 % de las demandas interpuestas solicitando indemnización de daños y perjuicios para los trabajadores FACTP, por tenerles por debajo del máximo de jornada.
  • Todas las demandas de Tutela de TCP, solicitando el cómputo de servicios prestados a efectos del nivel, en bajas por maternidad, excedencia y riesgo de embarazo.
  • Demandas en reconocimiento de la contingencia de accidente de trabajo.
  • Demandas de Tutela de la libertad sindical de algunos de nuestros representantes electos.

(Además Margarita Iges ha ganado a los bufetes más importantes en el ámbito nacional, bufetes generalmente contratados por empresas de grandes dimensiones.)