Situación Periodo de Consultas Nuevo ERE (2ª Parte)

Durante el día de ayer, se estudió la figura de Bajas Incentivadas, para la cual la empresa propuso que estuviese dirigida a los trabajadores que no hayan cumplido la edad establecida para acceder a la prejubilación: 55 años en caso de TCP y 58 en el caso del colectivo de Pilotos y Tierra. 

  • Tiene que haber voluntariedad por ambas partes.
  • La indemnización sería de 35 días por año de servicio, con un máximo de 30 mensualidades y con un mínimo de una anualidad.
  • La retribución diaria se calcularía: retribuciones dinerarias (fijas + variables) / 360 días
  • Para el cálculo de las retribuciones fijas se tendrá en cuenta el nivel y la antigüedad en el momento de la extinción.
  • Para el cálculo de las variables se tendría en cuenta lo percibido en los meses naturales inmediatamente anteriores.
  • La solicitud realizada por el trabajador tendrá carácter vinculante e irrevocable para éste. De este modo, una vez efectuada la petición por el trabajador, y aceptada, la Dirección, ésta fijará la fecha de extinción.

Referente al colectivo de Tierra, se incluye el siguiente párrafo: “la adscripción se producirá principalmente con carácter voluntario, y en cualquier caso, en los términos previstos en la garantía de empleo suscrita con ocasión de la negociación y firma del XX Convenio Colectivo”. Con respecto a esto, recordar que el Acuerdo Marco suscrito el pasado de marzo se reconocía la existencia de causas objetivas que justifican tanto la adopción de medidas extintivas como de flexibilidad interna con relación a los excedentes de plantilla generados por las medidas contenidas en el mismo, comprometiéndose a acordar un nuevo Despido Colectivo, no realizando extinciones forzosas de contrato de trabajo salvo que, ofertada la recolocación en otro puesto de la empresa, esta fuese rechazada por el trabajador, salvo que implique movilidad geográfica. En este caso el trabajador que hubiese rechazado el puesto ofertado sería considerado excedente susceptible de ver extinguido su contrato de trabajo de manera forzosa.

Las medidas propuestas se limitan al trabajador fijo a tiempo completo, quedando, por tanto, excluidos los trabajadores a tiempo parcial.

En estos momentos se mantienen las reuniones y se sigue hablando de esta figura y de las PREJUBILACIONES. Os mantendremos informados.

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