AL PASO DE LAS DIFAMACIONES (Sentencia de la Audiencia Nacional ERE 187/14)

Imagen 8CTA pedía en la Audiencia Nacional la supresión del último párrafo del anexo 5º del ERE 187/14, por el cual la empresa quedaba facultada a despedir libremente a cualquier trabajador que se oponga a una situación desventajosa para él, como un traslado a otra localidad o cambiar de área laboral. Para la dirección esto es motivo suficiente para largarte de la empresa con una indemnización de 21 días y 12 mensualidades, con el agravante de que quienes lo han firmado saben fehacientemente que han puesto un arma demoledora contra los trabajadores en manos de gente sin escrúpulos.

¡Se ha firmado conociendo lo que están permitiendo!

Dada la difamación a la que nos están sometiendo desde los sindicatos mayoritarios, nos vemos obligados a exigir una rectificación pública de tales acusaciones, cuyo único interés es confundir la opinión de los trabajadores lanzando intencionadamente falsedades sobre el juicio acontecido el día 4 de diciembre de este año.

CTA VAMOS A SEGUIR EN LA MISMA LÍNEA EN DEFENSA DE NUESTROS INTERESES COMO TRABAJADORES, TANTO PARA LOS QUE SE VAYAN COMO PARA LOS QUE SE QUEDEN.

www.sindicatocta.es

Aclaraciones al Comunicado emitido por UGT Y CCOO sobre NUEVO ERE IBERIA 187/14

Ante el comunicado lanzado por UGT y CCOO (puedes verlo aquí) sobre nuestra postura en el Nuevo ERE de IBERIA 187/14 y la sentencia fallada por la Audiencia Nacional, queremos aclarar que:

CTA_Sentencia Audiencia NacionalDe todas formas, a través de este enlace, puedes descargarte el documento de la SENTENCIA Nº: 0193/2014 de la A U D I E N C I A  N A C I O N A L y leerla de primera mano.