CAMBIOS IMPORTANTES EN LAS REDUCCIONES DE JORNADA

conciliacionLa concreción horaria y la determinación del período de disfrute de la reducción de jornada corresponde al trabajador , dentro de su jornada ordinaria . El trabajador debe preavisar  al empresario con 15 días de antelación la fecha de inicio y fin de la reducción de jornada. Las discrepancias sobre esta materia entre el empresario y el trabajador se resuelven de acuerdo a un procedimiento especial (nº 4897).
Para los supuestos que se produzcan a partir del 8-3-2019, no solo es posible la adaptación de la jornada , a efectos de la duración y distribución de la jornada de trabajo, para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral, sino que también es posible la adaptación de la ordenación del tiempo de trabajo  y de la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia. Se requiere que dichas adaptaciones sean razonables y proporcionadas en relación con las necesidades de la persona trabajadora y con las necesidades organizativas o productivas de la empresa. Dichas medidas se pueden solicitar hasta  que los hijos o hijas cumplan 12 años.
Es en la negociación colectiva  donde se deben pactar los términos de su ejercicio, acomodándose a criterios y sistemas que garanticen la ausencia de discriminación, tanto directa como indirecta, entre personas trabajadoras de uno y otro sexo. En su ausencia, la empresa, ante la solicitud de adaptación de jornada, abre un proceso de negociación con la persona trabajadora durante un periodo máximo de 30 días. Finalizado el mismo, la empresa, por escrito, ha de comunicar la aceptación de la petición, plantear una propuesta alternativa que posibilite las necesidades de conciliación de la persona trabajadora o bien manifestar la negativa a su ejercicio, indicando las razones objetivas en las que se sustenta la decisión.
La persona trabajadora tiene derecho a solicitar el regreso a su jornada o modalidad contractual  anterior una vez concluido el periodo acordado o cuando el cambio de las circunstancias así lo justifique, aun cuando no hubiese transcurrido el periodo previsto. Las discrepancias surgidas entre la dirección de la empresa y la persona trabajadora han de ser resueltas por la jurisdicción social a través del procedimiento establecido para el ejercicio de los derechos de conciliación (nº 4897).

Lo que hay que contestar cuando nos digan que somos improductivos…

Cuando el director General, los diferentes Directores, gerentes o manager y diferentes miembros de la Estructura, mantengan eso de que somos improductivos, regalémosles una sarcástica sonrisa que refleje que pensamos lo mismo de ellos, que son improductivos, y a más como dirían nuestros niños, unos “incompetentes de cúbito supino y prono al mismo tiempo”.

Cuando un delegado sindical te diga que somos improductivos, si tienes carné de su sindicato, se lo dejas a sus pies y le dices que con carácter urgente te dé de baja. Al mismo tiempo le pides que dimita como delegado, porque no representa a los trabajadores, sino que es una especie de mercenario al servicio de los directores, gerentes, manager, etc.

Cuando te digan que tienes muchas vacaciones, les recuerdas que ellos tienen todos los fines de semana, puentes, festivos (no hacen turnos ni noches). Que tienen la comida gratis todos los días, que disponen de cheque gasolina y premios por la consecución de objetivos (todo ello como premio a la reducción de nuestros derechos). Algunos, los de más alto nivel, reciben la compensación en miles de euros y en acciones. A nosotros, nos quitan hasta la ropa interior, atacando sin piedad nuestros pluses (salario variable), empobreciéndonos hasta límites de penuria (recordamos que en 2013 se firmó por los sindicatos antiguos y alimentados por la empresa, el XX CC, para bajarnos el salario, congelarlo para los años siguientes, modificar algunos de nuestros pluses (claro está reduciendo su valor), cambiar el ORDENAMIENTO LABORAL PARA LOS TMA, convirtiendo su profesión en un cajón de sastre muy barato; sentaron las bases para la DESTRUCCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN y para EXCLAVIZAR A LOS TRABAJADORES DE AEROPUERTOS.

Cuando nos propongan flexibilizar horarios y jornadas, recordémosles, siempre viendo las condiciones de nuestros compañeros de los aeropuertos, que queremos que se aplique la Ley de CONCILIACIÓN FAMILIAR Y LABORAL. Que nuestra salud como individuos necesita estabilidad y regularidad. Que no vamos a permitir que nos reduzcan a simples objetos baratos de usar y tirar. Y que, ¡no olvidemos que para que ellos se lo lleven crudo, se lo tenemos que ganar nosotros, con nuestro esfuerzo y sacrificio!

Cuando nos amenacen CON dejarnos sin puesto de trabajo, recordémosle que ya lo están haciendo a través de los ERES y subcontratando los nichos de trabajo que vamos dejando vacíos. ¡Qué no intenten atemorizarnos, que ya han llegado demasiado lejos!

¡MIREMOS POR NUESTROS DERECHOS, O NOS LOS QUITARÁN PARA ELLOS¡