EL pasado mes de Julio, el Juzgado de lo Social nº 23 de Madrid ratificó en su AUTO 142/2024 que la empresa IBERIA LAE ( ahora SOUTH ) debe respetar los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral reconocidos con anterioridad a una trabajadora del aeropuerto de Madrid, que previamente venía subrogada de la empresa WORLDWIDE FLIGHT SERVICE SERVICIOS AEROPUERTUARIOS.
La sucesión empresarial que ha tenido lugar, con la consiguiente subrogación de la trabajadora de una empresa a otra, obliga a la nueva empresa a respetar lo acordado en la sentencia previa que estipulaba que la trabajadora podía acogerse y se le reconocía una reducción de jornada laboral en un 1/8, lo que significaba un horario de 06:00 a 13:00 horas, y distribución semanal de lunes a viernes, librando fines de semana y festivos.
En CTA seguimos luchando para que los derechos de los trabajadores se mantengan, llegando a los tribunales si hace falta, pues el sentido común y la gestión humanista no existe en SOUTH (Ex – IBERIA). Es costumbre empresarial incumplir normas, sentencias y leyes priorizando ser “rentables”.
A continuación, os dejamos el documento integro de la sentencia.
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